Puede estar intentando tener acceso a este sitio desde un explorador protegido en el servidor. Habilite los scripts y vuelva a cargar la página.
Activar el modo de accesibilidad
Desactivar el modo de accesibilidad
Omitir los comandos de cinta
Saltar al contenido principal
Desactivar animaciones
Activar animaciones
Inicio de sesión
ESP
ENG
Contraste
Aumentar letra
Reducir letra
Ir a ConVerTIC
Centro de Relevo
Ahorradores
Cooperativas
Nosotros
SidCore
Listado cooperativas inscritas
Parece que el explorador no tiene JavaScript habilitado. Active JavaScript e inténtelo de nuevo.
Fogacoop
Inicio
Actualmente seleccionado
¿Qué es?
Montos cubiertos
Depósitos garantizados
Sello
Pago
Calculadora del Seguro de Depósitos
Seguro para su Ahorro
Actualmente seleccionado
Recientes
Campaña de divulgación
Cooperativas inscritas
Pago del Seguro para su Ahorro
Contenido del sitio
Inicio
/
Seguro para su Ahorro
/
Preguntas Frecuentes
(594)
Promedio: 3
Preguntas Frecuentes
Contenido de la página
Seleccione la categoria y la pregunta frecuente sobre la cual quiere hacer su consulta.
Seguro para su ahorro
Pago del Seguro para su Ahorro
Cooperativas
Sobre FOGACOOP
Normatividad
Atención Ciudadano
PQRD
¿Qué es el Seguro para su Ahorro?
El Seguro para su Ahorro es un mecanismo que les garantiza a los ahorradores de las cooperativas inscritas en FOGACOOP su dinero ahorrado, hasta por un tope máximo asegurado, al que se podrá tener acceso de una manera ágil y confiable ante una eventual liquidación de la cooperativa. Con el Seguro para su Ahorro de FOGACOOP los depositantes y ahorradores de las cooperativas inscritas en el Fondo pueden ahorrar con tranquilidad y confianza porque el Estado colombiano, a través de FOGACOOP, los acompaña.
¿Qué beneficios brinda el Seguro para su Ahorro de FOGACOOP?
El principal beneficio de contar con el Seguro para su Ahorro de FOGACOOP es que los ahorradores de las cooperativas inscritas pueden tener la confianza que no perderán sus recursos ahorrados hasta por un valor máximo asegurado, en las cooperativas que se encuentren inscritas en el Fondo, ante una eventual liquidación de cualquiera de estas cooperativas.
¿Cuáles depósitos garantiza el Seguro para su Ahorro de FOGACOOP?*
A los ahorradores de las cooperativas de ahorro y crédito, multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito, supervisadas por la Superintendencia de la Economía Solidaria, FOGACOOP les asegura: • Depósitos de ahorro • Certificados de depósitos de ahorro a término • Depósitos de ahorro contractual • Depósitos de ahorro permanente. A los ahorradores de las cooperativas financieras supervisadas por la Superintendencia Financiera de Colombia, FOGACOOP les garantiza: Depósitos simples, Certificados de depósito a término, Depósitos de ahorro, Cuentas de ahorro especial, Certificados de ahorro de valor real, Depósitos especiales, Servicios de recaudo, Depósitos electrónicos. Se precisa que Los aportes sociales no cuentan con el respaldo del Seguro para su Ahorro de FOGACOOP, debido a que estos hacen parte del patrimonio de la cooperativa y no constituyen un ahorro o depósito.
¿Qué monto cubre el Seguro para su Ahorro?
Todas las Cooperativas inscritas a Fogacoop cuentan con el Seguro de Depósitos por un valor máximo asegurado de 50.000.000 COP moneda legal por persona
¿Los aportes sociales están amparados por el Seguro para su Ahorro de FOGACOOP?
Los aportes sociales no cuentan con el respaldo del Seguro para su Ahorro de FOGACOOP, debido a que estos hacen parte del patrimonio de la cooperativa y se constituyen en capital de riesgo.
¿El Seguro para su Ahorro tiene algún deducible?
No. El Seguro para su Ahorro no tiene deducible alguno. Eso implica que, ante la eventualidad de un pago del Seguro para su Ahorro por liquidación de una cooperativa inscrita, si los recursos depositados no superan el monto máximo asegurado por FOGACOOP, al ahorrador se le pagará el 100 % de dichos recursos, sin aplicación de ninguna clase de deducible.
¿El ahorrador debe hacer algún trámite para que los depósitos cuenten con el respaldo del Seguro para su Ahorro de FOGACOOP?
Los ahorradores de las cooperativas inscritas en FOGACOOP no tienen que hacer ningún trámite para contar con el Seguro para su Ahorro, es decir, este es AUTOMÁTICO por el solo hecho de constituir un depósito. ¡Así de fácil!
¿Cuánto le cuesta al ahorrador contar con el Seguro para su Ahorro de FOGACOOP?
El Seguro para su Ahorro no tiene costo para los ahorradores de las cooperativas inscritas en FOGACOOP. Sin embargo, los recursos que constituyen la reserva que administra el Fondo provienen del pago de una prima que deben asumir las cooperativas inscritas, correspondiente al 0,5 % del total de los depósitos asegurados.
¿Ante qué eventualidad se puede hacer efectivo el Seguro para su Ahorro de FOGACOOP?
Si el ahorrador tiene sus dineros ahorrados en una cooperativa inscrita en FOGACOOP, el Seguro para su Ahorro se puede hacer efectivo ante una eventual intervención para liquidación de la cooperativa por parte del organismo que la supervise.
¿Cómo se puede identificar que los ahorros en una cooperativa cuentan con la protección del Seguro para su Ahorro de FOGACOOP?
Para identificar si los ahorros cuentan con la protección del Seguro para su Ahorro, puede consultar el directorio de cooperativas inscritas para verificar que la cooperativa en la cual tiene depositados los recursos está inscrita en FOGACOOP y, por lo tanto, cuenta con la protección del Seguro para su Ahorro. Por otra parte, las cooperativas inscritas en FOGACOOP, y por ende, sujetas al régimen del seguro de depósito de FOGACOOP, están obligadas a desplegar el sello del Seguro para su Ahorro, que debe ser incorporado en el material en el cual se publiciten sus productos de ahorro, tanto en medios virtuales como impresos.
¿Qué tipo de cooperativas se deben inscribir en FOGACOOP?
Todas las cooperativas financieras, cooperativas de ahorro y crédito, y cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito autorizadas para ejercer actividad financiera están obligadas a tramitar su inscripción en FOGACOOP. Cuando se trata de ahorro y crédito, es importante que el ciudadano esté enterado si la cooperativa está autorizada para captar ahorros por parte de la correspondiente superintendencia y si se encuentra inscrita en FOGACOOP.
¿Cuáles cooperativas están inscritas en FOGACOOP?
Puede consultar el directorio y mapa de las cooperativas inscritas en esta página web
www.fogacoop.gov.co
, haciendo clic en la sección “Seguro para su Ahorro/Cooperativas inscritas”.
¿Cuántas cooperativas se encuentran inscritas en FOGACOOP?
Actualmente existen 176 cooperativas inscritas al Fondo, de las cuales 172 son cooperativas de ahorro y crédito vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria y 4 son cooperativas financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Ver el directorio y mapa de cooperativas, en el cual se visualizan geográficamente la totalidad de cooperativas inscritas en FOGACOOP.
¿Qué hace FOGACOOP para dar a conocer el Seguro para su Ahorro?
Para dar a conocer el Seguro para su Ahorro como medida de protección que genera confianza del ahorrador en el sector cooperativo, el Fondo implementa diferentes estrategias en medios radiales, digitales y TV, medios periodísticos, especialmente aquellos del sector solidario y algunos medios de circulación nacional y regional y diferentes medios de comunicación que las cooperativas tienen implementados en su interior. También se participa en eventos organizados por los gremios y asociaciones del sector, se produce material digital e impreso que se distribuye a las cooperativas inscritas para que estas lo pongan a disposición del público y se hacen reuniones con el front de las cooperativas sobre el Seguro para su ahorro, que abarcan actividades lúdicas, acciones que generan conocimiento sobre el Seguro para su Ahorro de la entidad.
¿Qué trámites debo realizar como ahorrador para solicitarle a FOGACOOP el pago del Seguro para su Ahorro?
El pago del Seguro para su Ahorro se hace cuando una entidad cooperativa inscrita en FOGACOOP es objeto de la medida de toma de posesión para liquidación, por parte del organismo de supervisión de la cooperativa inscrita: ya sea la Superintendencia de la Economía Solidaria o de la Superintendencia Financiera de Colombia, según el tipo de cooperativa. FOGACOOP iniciará el proceso de pago del seguro de depósitos a sus ahorradores a partir de la expedición de la resolución definitiva de reconocimiento de las acreencias por parte del liquidador de la cooperativa. Para reclamar el Seguro para su Ahorro, el ahorrador tendrá que diligenciar una solicitud, adjuntando la documentación que se solicite, para lo cual deberá entrar al portal web de FOGACOOP www.fogacoop.gov.co, hacer clic en la pestaña “Atención a la ciudadanía”, luego hacer clic en “Trámites y servicios” y seleccionar la opción “Realizar solicitud” en el trámite de Pago del Seguro de Depósitos, para lo cual tendrán que registrarse. El Fondo procederá a revisar que el ahorrador aparezca en la base de datos suministrada por el liquidador de la cooperativa y verificará que se anexe la documentación requerida. Si todo está en orden, FOGACOOP procederá a programar el pago dentro de los términos estipulados.
¿Cuánto dinero recibirá el depositante por concepto del pago del Seguro para su Ahorro ante una eventual liquidación de su cooperativa?|
Para todas las cooperativas inscritas a FOGACOOP, tanto para las cooperativas financieras como para las cooperativas de ahorro y crédito, multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito, si el total de sus ahorros no supera los 50 millones de pesos, FOGACOOP una vez reconocida la acreencia por parte del liquidador de la cooperativa, pagará el 100 % de la suma ahorrada. Si el total de sus ahorros supera los 50 millones de pesos, FOGACOOP una vez reconocida la acreencia por parte del liquidador de la cooperativa, pagará el 100 % de 50 millones de pesos.
¿En qué momento el ahorrador debe solicitarle a FOGACOOP el pago del Seguro para su Ahorro?
El ahorrador debe solicitarle a FOGACOOP el pago del Seguro para su Ahorro una vez se haya expedido la resolución definitiva de reconocimiento de las acreencias por parte del liquidador de la cooperativa. Para ello debe tramitar una solicitud, para lo cual deberá entrar en el portal web de FOGACOOP www.fogacoop.gov.co, hacer clic en la pestaña “Atención a la ciudadanía”, luego hacer clic en “Trámites y servicios” y seleccionar la opción “Realizar solicitud” en el trámite de Pago del Seguro de Depósitos, para lo cual tendrán que registrarse previamente.
Ante un eventual pago del Seguro para su Ahorro, ¿qué pasa si los depósitos de un ahorrador son superiores al monto máximo respaldado por FOGACOOP?
En dicho caso, la parte que supera el monto respaldado se debe reclamar ante el agente liquidador de la cooperativa, en la oportunidad que este indique dentro del proceso de liquidación.
Ante un eventual pago del Seguro para su Ahorro, ¿cuáles medios tiene habilitados FOGACOOP para que los ahorradores hagan una solicitud de pago?
El medio a través del cual se debe tramitar la solicitud de pago es el portal web de FOGACOOP www.fogacoop.gov.co. Para ello debe hacer clic en la pestaña “Atención a la ciudadanía”, luego hacer clic en “Trámites y servicios” y seleccionar la opción “Realizar solicitud” en el trámite de Pago del Seguro de Depósitos. Favor tener en cuenta que es necesario registrarse previamente con el fin de hacer la solicitud.
Ante un eventual pago del Seguro para su Ahorro, ¿a través de qué mecanismos se hacen los pagos a los ahorradores de la cooperativa inscrita en liquidación?
Mediante transferencia electrónica de fondos o billetera digital, aspecto que se selecciona dentro del formulario de pago que se debe diligenciar en el portal web de Fogacoop.
Ante un eventual pago del Seguro para su Ahorro, ¿en cuánto tiempo FOGACOOP empieza a hacer el pago del Seguro de Depósitos o Seguro para su Ahorro de FOGACOOP?
FOGACOOP iniciará el proceso de pago del Seguro para su Ahorro a sus ahorradores a partir de la expedición de la resolución definitiva de reconocimiento de las acreencias por parte del liquidador de la cooperativa.
Ante un eventual pago del Seguro para su Ahorro, ¿cuándo le pagan al depositante la parte que supera los montos respaldados por este Seguro?
La parte que supera los montos respaldados por el Seguro para su Ahorro se debe reclamar ante el agente liquidador de la cooperativa, el cual informará, en su momento, el monto y la oportunidad en que será reconocida dicha suma.
Ante un eventual pago del Seguro para su Ahorro, ¿FOGACOOP reconoce intereses corrientes y moratorios?
El pago que FOGACOOP realizará contempla los saldos a capital e intereses corrientes de los depósitos asegurados causados hasta la fecha de intervención para liquidación de la entidad cooperativa, y hasta por el valor máximo asegurado, según el tipo de cooperativa.
¿Es posible que un asociado durante la etapa de liquidación solicite al liquidador de una cooperativa compensar sus deudas contra los aportes sociales?
De acuerdo con el artículo 16 del Decreto 756 de 2000, en el proceso liquidatorio no procede la compensación de obligaciones de la intervenida, con el fin de asegurar la igualdad de los acreedores en dicho proceso liquidatorio.
¿Cómo hace el ahorrador de una cooperativa inscrita en FOGACOOP para saber el saldo de lo que tiene ahorrado?
Se le recomienda al ahorrador consultar ese dato directamente con la cooperativa.
Ante un eventual pago del Seguro para su Ahorro, si un producto de ahorro tiene más de un titular, ¿se requiere que cada uno de los cotitulares haga la solicitud para el pago del Seguro de Depósitos?
Si, cada cotitular deberá tramitar la solicitud para el pago del Seguro de Depósitos. Es importante que cada cotitular valide que su información se encuentre en la resolución de acreencias expedida por el liquidador de la cooperativa.
¿Cuál es la naturaleza de las funciones del agente especial de una cooperativa intervenida?
De acuerdo con el artículo 23 del Decreto 756 de 2000, el agente especial ejerce funciones públicas transitorias sin perjuicio de la aplicabilidad, cuando sea el caso, de las reglas del derecho privado a los actos que ejecuten en nombre de la entidad objeto de la toma de posesión. El agente especial no podrá revocar los actos administrativos expedidos dentro del proceso liquidatorio por la entidad de vigilancia y control, o el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas o la Superintendencia de la Economía Solidaria, en el caso de cooperativas no inscritas, sin perjuicio de las acciones que contra los actos de tales autoridades procedan conforme a las leyes.
¿Cómo logra un depositante el reconocimiento de su acreencia por parte del liquidador?
Una vez intervenida para liquidación la cooperativa, el liquidador procede a emplazar en los términos establecidos en la ley a todas aquellas personas que tengan reclamaciones que presentar ante la entidad por todo concepto, incluyendo aquellas que serían objeto del pago del Seguro para su Ahorro. En tal momento, el ahorrador deberá verificar que la acreencia sea reconocida por el liquidador, para que, si es el caso, dentro de los tres días siguientes al emplazamiento realice la reclamación o el reconocimiento de la acreencia. Cuando se trate de derechos incorporados en títulos valores deberá presentarse el original del título, junto con el formulario distribuido gratuitamente por la liquidación.
¿De dónde provienen los recursos de FOGACOOP para pagar las reclamaciones de los depositantes?
De las primas que pagan las entidades cooperativas inscritas en el Fondo y de la rentabilidad de su portafolio de inversiones, recursos que constituyen la Reserva Técnica de la entidad.
¿Qué es una toma de posesión inmediata de bienes y haberes y negocios?
Es una medida temporal prevista en los artículos 114 a 116 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la cual tiene como propósito establecer: 1. Si es posible colocar a la entidad en condiciones de desarrollar adecuadamente su objeto social. 2. Si se pueden realizar otras operaciones que permitan lograr mejores condiciones para que los depositantes, ahorradores e inversionistas puedan obtener el pago total o parcial de sus acreencias. 3. Si la entidad debe ser objeto de liquidación.
¿Qué pasa con el Seguro para su Ahorro si la cooperativa no paga la prima correspondiente a dicho seguro?
El no pago oportuno de la prima del Seguro para su Ahorro causa inicialmente la suspensión y posterior cancelación de dicho Seguro.
¿Quién realiza el seguimiento a la actividad del agente especial o del liquidador de una cooperativa bajo la medida de toma de posesión o en liquidación?
Si se trata de una cooperativa inscrita en FOGACOOP, tal seguimiento es realizado por parte de FOGACOOP, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 8, numeral 4.º del Decreto Ley 2206 de 1998.
¿Quiénes tienen derecho al reconocimiento del Seguro de Depósitos de FOGACOOP?
Todos los ahorradores de la cooperativa intervenida para liquidación, que sean incluidos en la resolución de reconocimiento de acreencias que expida el liquidador, tienen derecho al reconocimiento del Seguro para su Ahorro o Seguro de Depósitos de FOGACOOP.
Si tengo diferentes productos de ahorro, ¿la cobertura del Seguro para su Ahorro o Seguro de Depósitos se determina por cada producto o por el valor agregado (o sumatoria) de todos los productos de ahorro?
Si tiene diferentes productos de ahorro, la cobertura del Seguro para su Ahorro o Seguro de Depósitos de $50 millones se determina por el valor agregado (o sumatoria) de todos los productos de ahorro que tenga el depositante, es decir, el valor máximo garantizado es de $50 millones por ahorrador
¿Qué es una cooperativa?
Una cooperativa es una entidad sin ánimo de lucro que cumple fines de interés social. Se conforma con un grupo mínimo de veinte personas que se llaman asociados, los cuales hacen unos aportes en dinero que constituyen la principal parte del patrimonio de la cooperativa. El fin primordial de esta es unir esfuerzos para el beneficio común.
¿Qué beneficios tiene una persona al optar por asociarse a una cooperativa?
Al asociarse a una cooperativa las personas pueden tener beneficios que tanto el sector financiero tradicional como el sector comercial privados no les pueden ofrecer, tales como créditos a los sectores más vulnerables, servicios relacionados con recreación, salud, seguros, educación, capacitación, turismo, construcción u otros adicionales, que pueden estar subsidiados o se realizan a menor costo para el asociado. Estos servicios los puede ofrecer la cooperativa directamente o a través de convenios, dependiendo del objeto social de la entidad.
¿Qué clase de cooperativas existen en Colombia?
En Colombia existen diferentes clases de cooperativas según su objeto. Hay por ejemplo cooperativas que ejercen la actividad financiera, entendiéndose por esta la captación de recursos para colocarlos en operaciones activas de crédito. Existe además otra serie de cooperativas que se especializan por lo general en atender necesidades específicas de sus asociados, diferentes a las necesidades financieras. Dentro del grupo que ejerce actividad financiera se encuentran las cooperativas financieras, las cooperativas especializadas en ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito. Como parte de las que no ejercen actividad financiera, hay, por ejemplo, las de aporte y crédito, y otras que se organizan para atender necesidades específicas, tales como cooperativas multiactivas, cooperativas de vivienda, cooperativas de consumo, cooperativas de trabajo asociado, etc.
¿Cuáles son las principales características de las cooperativas que no ejercen actividad financiera?
Dentro de las cooperativas que no ejercen actividad financiera se citan las siguientes, con sus correspondientes características: Cooperativas de aporte y crédito: son aquellas que sin tener autorizada la actividad financiera, entendida como la captación de recursos para colocarlos en operaciones activas de crédito, se dedican a la actividad crediticia, bien sea de manera especializada o como parte de un objeto social más amplio. Lo anterior quiere decir que su principal característica radica en que a estas cooperativas no les está permitido captar recursos vía depósitos de ahorro, lo que implica que su principal fuente de apalancamiento la constituyen los aportes de los asociados. Las cooperativas especializadas son aquellas que se organizan para atender una necesidad específica correspondiente a una sola rama de actividad económica, social, cultural o ambiental. Como parte de las especalizadas están: Cooperativas de vivienda: son asociaciones de personas que se unen voluntariamente para satisfacer sus necesidades de adquirir vivienda, locales y otros bienes inmuebles, para lo cual adquieren suelo para construir y urbanizar. Estas cooperativas se han consolidado como uno de los mejores medios para acceder a vivienda a costos razonables y de calidad. Cooperativas de trabajo asociado: son cooperativas asociativas cuyo objeto es proveer a sus socios de puestos de trabajo en tiempo parcial o completo. Cooperativas de turismo: tienen por finalidad promover, desarrollar, organizar y ofrecer servicios turísticos a terceros y a sus propios asociados.
¿Qué organismos se encargan del control, la inspección y vigilancia de las cooperativas que ejercen actividad financiera?
Las cooperativas financieras son vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia (SuperFinanciera), mientras que las cooperativas de ahorro y crédito o multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito son vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria (SuperSolidaria).
¿Qué requisitos deben cumplir las cooperativas para inscribirse en FOGACOOP?
Todas las cooperativas financieras, cooperativas de ahorro y crédito y cooperativas multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito, que realicen o pretendan realizar actividad financiera, están obligadas a tramitar su inscripción ante FOGACOOP, con el fin de tener acceso al Seguro de Depósitos que administra el Fondo y los demás mecanismos de apoyo que pueda otorgar FOGACOOP en cumplimiento de sus funciones. Para que una cooperativa tramite su inscripción en Fogacoop, es importante tener en cuenta que sea una cooperativa de ahorro y crédito o multiactiva o integral con sección de ahorro y crédito vigilada por la Superintendencia de Economía Solidaria - Supersolidaria o una cooperativa financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia – Superfinanciera, y que cuente con la autorización de constitución por parte de la respectiva Superintendencia.
¿Es obligatoria la inscripción en FOGACOOP?
Sí, todas las cooperativas financieras, cooperativas de ahorro y crédito, y cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito autorizadas para ejercer actividad financiera, están obligadas a tramitar su inscripción en FOGACOOP.
¿Es obligatoria la inscripción a FOGACOOP?¿Tiene algún costo la inscripción de una cooperativa en FOGACOOP?
Sí, la inscripción en FOGACOOP tiene un costo equivalente al 0,2 % liquidado sobre los activos totales de la cooperativa.
¿El Seguro para su Ahorro tiene algún costo para la cooperativa?
Sí, contar con el Seguro para su Ahorro implica para la cooperativa inscrita el pago de una prima a FOGACOOP, la cual se calcula con base en el Indicador de Riesgo Compuesto – IRC, que mide el perfil de riesgo de una cooperativa desde la perspectiva del asegurador de depósito.
¿Dónde encuentro el directorio de cooperativas inscritas en FOGACOOP?
Lo encuentra en la página web de FOGACOOP: www.fogacoop.gov.co dentro de la sección “Seguro para su Ahorro"
¿Qué servicios les presta FOGACOOP a las cooperativas inscritas?
Los principales servicios que presta para proteger la confianza de sus ahorradores son: El monitoreo y diagnóstico financiero a las entidades inscritas. El acompañamiento a las administraciones en la mitigación de riesgos, en algunos casos mediante convenios de mejoramiento. El pago del Seguro para su Ahorro, que busca proteger de forma prioritaria a los pequeños ahorradores, entregando rápidamente los recursos y mitigando el riesgo de corridas de depósitos.Las operaciones de apoyo financiero sujetas al régimen establecido en el Decreto 2206 de 1998 para entidades cooperativas inscritas que se encuentren en situaciones de crisis.Nombramiento del agente especial para cooperativas intervenidas inscritas en el Fondo.Nombramiento del liquidador y seguimiento de los procesos liquidatorios de aquellas entidades inscritas que lleguen a esa situación.
¿Qué objetivo tienen los seguimientos y las visitas que FOGACOOP realiza a las entidades cooperativas inscritas?
El objetivo de los seguimientos y las visitas que FOGACOOP hace a las entidades cooperativas inscritas es identificar elementos que afecten la exposición al riesgo y viabilidad financiera de las cooperativas, y formular recomendaciones que permitan mitigar dichos riesgos.Las visitas tienen como propósito la formulación de un diagnóstico sobre la situación general de la entidad cooperativa inscrita y su efecto en los estados e indicadores financieros, con el fin de brindar un acompañamiento más efectivo en el proceso de control y administración de los riesgos financieros, como el de crédito, liquidez, operativo y de gestión, entre otros.
¿Qué es FOGACOOP?
El Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas - FOGACOOP es la entidad encargada de proteger la confianza de los ahorradores y depositantes de las cooperativas inscritas, por medio del Seguro para su Ahorro. En desarrollo de este objeto, FOGACOOP actúa como administrador de las reservas correspondientes al Seguro de Depósitos o Seguro para su Ahorro, así como de los demás fondos y reservas que se constituyan para atender los distintos riesgos asociados a la actividad financiera cooperativa cuya administración se le asigne y no corresponda por ley a otra entidad.
¿Por qué se constituyó FOGACOOP?
La crisis del sector financiero de finales de los años noventa en Colombia afectó un número significativo de cooperativas que prestaban servicios financieros, al igual que varios bancos cooperativos, lo cual dejó a varios ahorradores sin sus recursos ahorrados. Lo anterior puso al descubierto la carencia de una red de seguridad financiera para el sector cooperativo con actividad financiera, para lo cual el Gobierno Nacional promulgó la Ley 454 de 1998. Esta Ley fijó el nuevo marco institucional del sector cooperativo en Colombia, al crear organismos como la Superintendencia de la Economía Solidaria y el DANCOOP, hoy organizaciones solidarias. También facultó al Gobierno Nacional para establecer los términos y las modalidades de acceso a las cooperativas financieras, de ahorro y crédito, y multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito, a un Fondo de Garantías, con lo cual se atendería la necesidad de los ahorradores y depositantes del sector financiero cooperativo de contar con una entidad técnica a través de la cual el Estado garantizara, no solo la estabilidad de las entidades cooperativas con actividad financiera, sino que asegurara la recuperación de los recursos de los pequeños ahorradores del sector.
¿Cuándo se constituyó e inició operaciones FOGACOOP?
FOGACOOP fue constituido con la expedición del Decreto Ley 2206 de octubre 29 de 1998 e inició operaciones en marzo de 1999.
¿Qué tipo de entidad es FOGACOOP?
FOGACOOP es una entidad de naturaleza única, sujeta a un régimen legal especial, organizada como una entidad financiera vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
¿Quién vigila a FOGACOOP?
FOGACOOP está sometido a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Financiera de Colombia.
¿Tiene FOGACOOP algún respaldo del Gobierno?
Sí, FOGACOOP fue creada con el respaldo del Gobierno Nacional, aspecto de gran importancia para generar confianza dentro del sector. FOGACOOP es una entidad vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
¿Tiene FOGACOOP funciones de supervisión, control, inspección y/o vigilancia?
No. FOGACOOP es el administrador del seguro de depósitos, por lo cual sus actuaciones NO son de supervisión, control, inspección o vigilancia, sino que están dirigidas a la identificación y mitigación de riesgos asociados a su actividad aseguradora. Sus principales actuaciones están precedidas de las decisiones que adopte &nb están precedidos igualmente de la resolución de la misma Superintendencia.sp; la Superintendencia que ejerce la inspección, el control y la vigilancia de la cooperativa correspondiente. Por ejemplo, la inscripción procede solo si la Superintendencia ha autorizado el ejercicio de la actividad. El pago del seguro solo resulta previa la expedición de la resolución de liquidación por parte del organismo supervisor o la Superintendencia. El nombramiento del agente especial, revisor fiscal, liquidador y contralor
¿Cuáles son los principales servicios que presta FOGACOOP para proteger la confianza de los ahorradores del sector cooperativo financiero?
Los principales servicios que presta para proteger la confianza son:El monitoreo y diagnóstico financiero a las entidades inscritas.El acompañamiento a las administraciones en la mitigación de riesgos, en algunos casos mediante convenios de mejoramientoEl pago del Seguro para su Ahorro, que busca proteger prioritariamente a los pequeños ahorradores, entregando rápidamente los recursos y mitigando el riesgo de corridas de depósitos.Las operaciones de apoyo financiero sujetas al régimen establecido en el Decreto 2206 de 1998 para entidades cooperativas inscritas, que se encuentren en situaciones de crisis.Nombramiento del agente especial para cooperativas intervenidas inscritas en el Fondo.Nombramiento del liquidador y seguimiento de los procesos liquidatorios de aquellas entidades inscritas que lleguen a esa situación.
¿Dónde puedo encontrar la normatividad acerca del Fondo?
La normatividad referente a FOGACOOP se podrá encontrar en el siguiente link: https://www.fogacoop.gov.co/normativa
¿Cómo fue creado FOGACOOP?
El Fondo de Garantías de Entidades Financieras FOGACOOP, fue creado por el Decreto 2206 de 1998, como una persona jurídica con naturaleza única, sujeta al régimen descrito en el decreto de su creación.
¿Cuáles son los canales de atención de PQRD de FOGACOOP?
FOGACOOP dispone de los siguientes canales para la atención de Peticiones, Quejas, Reclamos y/o Denuncias: Sede Física, Líneas Telefónicas, Buzón de Sugerencias, Sede Electrónica, Sistema Móvil de PQRD, Correo Electrónico Institucional, Chat institucional, Twitter, Videoconferencias.
¿Qué es PQRD?
La sigla corresponde a la denominación de Peticiones, Quejas, Reclamos y/o Denuncias, que cualquier persona puede presentar a la entidad.
¿ A través de qué medios puedo presentar una PQRD a FOGACOOP?
Es posible presentar una PQRD al Fondo, a través de cualquiera de los canales dispuestos para la atención a la ciudadanía (Sede Física, Líneas Telefónicas, Buzón de Sugerencias, Sede Electrónica, Sistema Móvil de PQRD, Correo Electrónico Institucional, Chat institucional, red social X, Videoconferencias).